Las anotaciones preventivas en el Registro de la Propiedad son asientos provisionales que reflejan situaciones jurídicas en curso que afectan a un inmueble, con el fin de advertir a terceros y proteger derechos futuros o en litigio.
No modifican la titularidad, pero limitan temporalmente la disponibilidad del bien.
Características principales
-
Provisionalidad: tienen vigencia temporal, normalmente limitada (4 años, prorrogables según el caso).
-
Publicidad: informan a terceros de que sobre la finca existe un procedimiento o derecho que podría afectar a la propiedad.
-
Protección de derechos: asegura que la persona que inscribe el derecho o el procedimiento quede prioritaria frente a terceros de buena fe.
-
No constitutiva: no transfiere la propiedad ni crea un derecho definitivo, solo publicita situaciones jurídicas en curso.
Supuestos más frecuentes
-
Embargos → para asegurar el cobro de deudas.
-
Demandas judiciales → reclamaciones sobre la propiedad.
-
Prohibición de disponer → medidas cautelares ordenadas por juez.
-
Ejecuciones hipotecarias → anotación mientras se tramita la ejecución.
-
Concursos de acreedores → afectaciones de inmuebles de empresas en concurso.
Trámite
-
Mandamiento judicial o administrativo que ordena la anotación.
-
Presentación en el Registro de la Propiedad donde consta la finca.
-
Calificación registral: el registrador revisa la validez formal del mandamiento.
-
Práctica de la anotación preventiva en la hoja registral del inmueble.
Efectos
-
Publicidad registral: cualquier tercero que consulte el registro ve que la finca está afectada.
-
Prioridad: los derechos inscritos por anotación tienen prioridad frente a otros posteriores.
-
Protección jurídica: protege al interesado que solicitó la anotación frente a transmisiones fraudulentas o desconocidas.
-
Temporalidad: si se resuelve el procedimiento o se extingue la causa, se cancela la anotación preventiva.
Resumen: Las anotaciones preventivas son herramientas de seguridad jurídica y publicidad, que permiten que ciertos procedimientos o derechos en curso afecten al inmueble de manera temporal y conocida por terceros, sin modificar la titularidad ni generar derechos definitivos.
Solicitar anotación preventiva en el Registro de la Propiedad