En el Registro de la Propiedad, las cancelaciones son los actos mediante los cuales se elimina o deja sin efecto un asiento registral que ya no tiene vigencia o relevancia jurídica. Su objetivo principal es mantener actualizada la información registral y garantizar la seguridad jurídica de los inmuebles.
Índice:
ToggleTipos de cancelaciones más comunes
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Cancelación de hipoteca
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Se produce cuando la deuda garantizada se ha pagado totalmente.
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Requiere certificado del banco y escritura pública de cancelación.
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Efecto: el inmueble queda libre de la carga hipotecaria.
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Cancelación de anotaciones preventivas
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Ejemplos: embargo levantado, prohibición de disponer vencida, demanda retirada.
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Requiere resolución judicial, administrativa o certificado del órgano competente.
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Efecto: desaparece la limitación sobre la finca.
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Cancelación de servidumbres, usufructos o derechos reales extinguidos
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Por acuerdo de las partes o por extinción legal (ej. fallecimiento del usufructuario).
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Requiere título público que acredite la extinción.
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Efecto: el propietario recupera plena disposición del inmueble.
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Cancelación de cargas judiciales o administrativas
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Ejemplos: adjudicaciones, subastas, restricciones impuestas por sentencias.
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Se realiza cuando la resolución ya no produce efectos o ha sido cumplida.
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Requisitos generales para cancelar
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Título que justifique la extinción: certificado, resolución, escritura pública, etc.
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Presentación en el Registro de la Propiedad donde consta el asiento a cancelar.
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Pago de tasas (si corresponde).
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Calificación registral: el registrador comprueba que se cumplen los requisitos legales y la validez del título.
Efectos de la cancelación
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El inmueble queda libre de la carga, derecho o limitación que se canceló.
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Se actualiza la hoja registral, garantizando información veraz y segura para terceros.
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Protege al propietario frente a reclamaciones futuras relacionadas con la carga cancelada.
Resumen: Las cancelaciones son el mecanismo por el que el Registro de la Propiedad mantiene la verdad registral eliminando cargas, derechos o limitaciones que han dejado de existir, protegiendo tanto al propietario como a terceros.
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