Inscripción de modificación del inmueble en el Registro de la Propiedad


Concepto

La modificación del inmueble incluye cualquier alteración relevante que afecte al contenido del folio registral, por ejemplo:

  • Cambios en la descripción física del inmueble (superficie, linderos, número de plantas).

  • Segregaciones o agrupaciones de fincas (dividir un terreno en varias parcelas o unir varias fincas en una).

  • Constitución de cargas (hipotecas, servidumbres, usufructos).

  • Modificaciones de derechos o limitaciones sobre el inmueble.

  • Adaptaciones para propiedad horizontal (construcción de pisos, locales o garajes sobre finca registral existente).

El objetivo es que el Registro refleje la situación real y actualizada del inmueble.

Documentación necesaria

  • Título inscribible que justifique la modificación:

    • Escritura pública notarial de obra nueva, segregación, agrupación o constitución de cargas.

    • Licencias administrativas o urbanísticas, cuando sean obligatorias.

    • Certificación catastral actualizada (opcional, pero recomendable).

  • Justificante de impuestos según el tipo de modificación:

    • AJD para obra nueva o segregación.

    • Plusvalía municipal si procede.

Procedimiento en el Registro

  1. Presentación del título y documentación en el Registro de la Propiedad donde esté la finca.

  2. Asiento de presentación: asigna prioridad temporal.

  3. Calificación registral: el registrador revisa:

    • Validez del título.

    • Capacidad de las partes.

    • Concordancia con la situación física y jurídica del inmueble.

  4. Inscripción de la modificación: se actualiza la descripción registral o se abren nuevos folios si se segregan fincas.

Efectos de la inscripción

  • Publicidad registral: terceros conocen la situación actual del inmueble.

  • Seguridad jurídica: protege al propietario frente a reclamaciones posteriores.

  • Las modificaciones vinculan a futuros adquirentes, hipotecantes o arrendatarios.

Ejemplos prácticos

a) Obra nueva sobre finca existente:

  • Un propietario construye un local adicional sobre un terreno.

  • Notario otorga escritura de obra nueva y se adjunta licencia municipal.

  • Registro actualiza la descripción del inmueble y puede abrir folio independiente para el nuevo local.

b) Segregación de terreno:

  • Un terreno de 1.000 m² se divide en 3 parcelas.

  • Se otorga escritura de segregación ante notario.

  • Registro inscribe las 3 nuevas parcelas como fincas independientes, cerrando la antigua.

c) Constitución de carga:

  • Se constituye una hipoteca sobre un piso ya inscrito.

  • Escritura notarial + justificante de impuestos (AJD).

  • Registro inscribe la hipoteca como carga sobre el folio registral del inmueble.

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