Inscripción de permutas de inmuebles en el Registro de la Propiedad


La permutación o permuta de inmuebles (intercambio de propiedades) también puede y debe inscribirse en el Registro de la Propiedad para que produzca plenos efectos frente a terceros.

¿Qué es la permuta de inmuebles?

  • Es un contrato traslativo de dominio por el que cada parte transmite un inmueble a la otra, a cambio de recibir otro inmueble (art. 1538 del Código Civil).

  • Se parece a la compraventa, pero la contraprestación no es dinero, sino otro bien.

Pasos para inscribir la permuta en el Registro

Escritura pública de permuta:

  • Debe formalizarse ante notario.

  • La escritura contendrá:

    • Identificación de los permutantes (con DNI/NIE).

    • Descripción registral y catastral de cada inmueble.

    • Manifestación de que se transmiten mutuamente, a título de permuta.

    • Aceptación recíproca.

    • Valoración de cada inmueble (importante para impuestos).

    • Si hay diferencias de valor → se puede pactar una compensación en dinero (se trataría de permuta con “suelto”).

Liquidación de impuestos:

Antes de llevar la escritura al Registro, hay que liquidar los tributos:

  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o IVA

    • Si los inmuebles son de segunda mano → ITP (lo paga cada adquirente por el valor del inmueble que recibe).

    • Si son de primera transmisión de promotor → puede aplicarse IVA + AJD.

  • Plusvalía municipal (IIVTNU)

    • La paga cada transmitente por la finca que entrega, salvo pacto en contrario.

Inscripción en el Registro de la Propiedad:

  • Se presenta la escritura notarial y la acreditación de haber liquidado los impuestos en el Registro competente según la ubicación de cada finca.

  • Puede que haya que inscribir en dos registros distintos si los inmuebles están en provincias diferentes.

  • El registrador hará:

    1. Asiento de presentación.

    2. Calificación registral.

    3. Inscripción de dominio:

      • Finca A → a nombre del permutante B.

      • Finca B → a nombre del permutante A.

Efectos de la inscripción

  • Seguridad jurídica: cada permutante queda inscrito como nuevo propietario.

  • Publicidad frente a terceros: cualquiera puede consultar la nueva titularidad.

  • Prioridad: si alguien intenta inscribir un derecho sobre esas fincas después, quedará supeditado a la permuta ya inscrita.

Ejemplo práctico

Dos vecinos intercambian propiedades en Valencia:

  • A entrega un terreno urbano valorado en 100.000 €.

  • B entrega un local valorado en 95.000 € + 5.000 € en metálico como compensación.

  1. Firman escritura de permuta ante notario.

  2. Cada uno liquida el ITP sobre el valor del inmueble que recibe.

  3. Ambos liquidan la plusvalía municipal correspondiente a lo que transmiten.

  4. Presentan la escritura en el Registro → se inscriben los nuevos dueños.

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