La cancelación de una servidumbre en el Registro de la Propiedad es un procedimiento distinto a la de las anotaciones preventivas, porque aquí hablamos de un derecho real inscrito.
Cancelación por acuerdo de las partes
-
La servidumbre es un derecho real que recae sobre una finca (sirviente) en beneficio de otra (dominante).
-
Si ya no interesa, las partes pueden extinguirla de mutuo acuerdo.
-
Para ello se otorga escritura pública de cancelación ante notario, donde el dueño de la finca dominante renuncia al derecho.
-
Esa escritura se presenta en el Registro de la Propiedad para su cancelación.
Cancelación por renuncia unilateral
-
El propietario de la finca dominante puede renunciar unilateralmente al derecho de servidumbre.
-
Se documenta en escritura pública y se presenta en el Registro.
Cancelación por sentencia judicial
-
Si hay conflicto (por ejemplo, el dueño de la finca sirviente entiende que la servidumbre se ha extinguido por ley, pero el de la dominante no la reconoce), se debe acudir a un procedimiento judicial declarativo.
-
Con la sentencia firme, se lleva al Registro para cancelar la servidumbre.
Cancelación por caducidad o extinción legal
El Código Civil (arts. 546 y ss.) prevé varias causas de extinción:
-
Confusión de derechos (si la finca dominante y la sirviente pasan a ser del mismo propietario).
-
No uso durante 20 años (prescripción extintiva).
-
Imposibilidad de uso (ej.: por cambios físicos en la finca).
-
Cumplimiento de condición resolutoria (si la servidumbre se constituyó temporalmente o bajo condición).
En estos casos se suele necesitar escritura notarial o resolución judicial para acreditar la causa y proceder a la cancelación registral.
Procedimiento práctico en el Registro
-
Identificar la finca y la servidumbre inscrita (número de inscripción).
-
Obtener el título que justifica la extinción (escritura, renuncia, sentencia, etc.).
-
Presentar dicho documento en el Registro de la Propiedad.
-
Abonar los aranceles registrales (que dependen del valor de la finca/acto).
Solicitar cancelación de servidumbre en el Registro de la Propiedad