Cancelación de usufructo, uso o habitación en el Registro de la Propiedad


La cancelación en el Registro de la Propiedad de un usufructo, derecho de uso o habitación depende de cómo se haya extinguido ese derecho real.


Causas de extinción y cómo se cancela

Por fallecimiento del usufructuario / titular

  • En los usufructos, usos y habitaciones vitalicios, la extinción se produce automáticamente con la muerte del titular (arts. 513 y 529 CC).

  • Para cancelar en el Registro, se necesita:

    • Certificado literal de defunción.

    • Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad (para acreditar que no hay disposiciones que prolonguen el derecho).

    • Instancia privada solicitando la cancelación (firmada por el nudo propietario).

    • Pago del arancel registral (normalmente bajo).

Por vencimiento del plazo pactado

  • Si el usufructo/uso/habitación se constituyó con una duración determinada, se extingue al cumplir el plazo.

  • Para cancelar en el Registro:

    • Basta una instancia del nudo propietario acompañada de copia de la escritura original inscrita donde conste la duración.

    • El Registrador comprueba la caducidad y cancela.

Por consolidación

  • Si el usufructo se extingue porque el usufructuario adquiere la nuda propiedad (o viceversa), se produce la consolidación de dominio.

  • Para cancelar:

    • Escritura pública donde se documente la adquisición de la nuda propiedad por el usufructuario (compraventa, herencia, donación).

    • El Registro cancelará el usufructo al inscribir la adquisición.

Por renuncia del usufructuario

  • El titular puede renunciar a su derecho de forma anticipada.

  • Para ello:

    • Debe otorgar escritura pública de renuncia ante notario.

    • Esa escritura se inscribe en el Registro para cancelar el derecho.

Por sentencia judicial

  • Si existe conflicto (ej. alegación de extinción por no uso o abuso), puede declararse la extinción mediante sentencia firme.

  • Con ella, el Registro procede a la cancelación.


Procedimiento

  1. Identificar la finca y el asiento donde consta inscrito el usufructo, uso o habitación.

  2. Reunir el título justificativo de la extinción (defunción, vencimiento, escritura de renuncia o consolidación, sentencia).

  3. Presentar el documento en el Registro de la Propiedad con instancia de cancelación.


Coste de la cancelación en el Registro de la Propiedad

El coste de la inscripción de la cancelación en el Registro de la Propiedad es de 617,10€.


Solicitud de cancelación en el Registro

  1. Recopile la documentación indicada.
  2. Una vez tenga toda la documentación, realice la solicitud y el pago que hay a continuación.
  3. Cuando recibamos la solicitud con la documentación, se procederá a realizar la cancelación en el Registro de la Propiedad.
  4. Una vez terminada la inscripción se lo notificaremos.

Para solicitar la cancelación en el Registro de la Propiedad rellene el siguiente formulario:

Datos del Inmueble sobre el que solicita la cancelación

Suelta archivos aquí o
Tamaño máximo de archivo: 128 MB.

    Datos del solicitante

    Nombre(Obligatorio)
    Dirección
    Correo electrónico(Obligatorio)

    Pago seguro con tarjeta

    Pago seguro con tarjeta(Obligatorio)