El arrendamiento de fincas puede inscribirse en el Registro de la Propiedad (aunque no siempre se hace). Una vez inscrito, su cancelación requiere un título que acredite que el contrato ya no está en vigor.
¿Cuándo procede la cancelación?
Un arrendamiento inscrito puede extinguirse por:
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Transcurso del plazo pactado sin prórroga.
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Mutuo acuerdo de arrendador y arrendatario.
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Resolución anticipada por alguna de las causas del contrato o de la LAU (incumplimiento, desistimiento, etc.).
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Renuncia expresa del arrendatario.
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Sentencia firme que declare extinguido el arrendamiento.
Títulos válidos para cancelar en el Registro
Dependiendo de la causa de extinción, se puede acudir a distintos documentos:
1. Por vencimiento del plazo:
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Basta una instancia privada del propietario/arrendador solicitando la cancelación, acompañada de la escritura/contrato inscrito para acreditar el plazo.
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El Registrador comprobará que ha transcurrido el término y practicará la cancelación.
2. Por mutuo acuerdo:
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Se otorga escritura pública o documento con firmas legitimadas notarialmente, donde ambas partes declaran extinguido el arrendamiento y consienten la cancelación registral.
3. Por renuncia o resolución anticipada:
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Escritura de renuncia del arrendatario o documento privado con firma legitimada notarialmente.
4. Por sentencia:
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Se presenta la sentencia firme que declare extinguido el arrendamiento.
Procedimiento en el Registro de la Propiedad
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Identificar la finca y el asiento en el que está inscrito el arrendamiento.
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Reunir el documento acreditativo de la extinción (instancia, escritura, sentencia, etc.).
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Presentar en el Registro con instancia de cancelación.
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Abonar los aranceles registrales (moderados).
Nota importante
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Si el arrendamiento se pactó con duración indefinida o con prórrogas automáticas, no basta con esperar el plazo: se necesita el consentimiento expreso del arrendatario o resolución judicial.
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Para arrendamientos sujetos a la Ley de Arrendamientos Urbanos, el plazo máximo inscribible suele constar en la escritura/contrato inscrito.
Solicitar cancelación de arrendamiento inscrito en el Registro de la Propiedad